Una nueva ley de juegos en República Dominicana abre el debate sobre el futuro del mercado


Repúbli­ca Domini­cana avan­za hacia una de las refor­mas más impor­tantes de su mar­co reg­u­la­to­rio para los jue­gos de azar. Sin embar­go, un pro­ce­so que bus­ca ordenar, mod­ern­izar y for­t­ale­cer la super­visión del sec­tor ha abier­to tam­bién una dis­cusión sobre com­pe­ten­cia, licen­cias y las condi­ciones bajo las cuales podrán oper­ar las dis­tin­tas modal­i­dades de juego.

El cen­tro del debate es el proyec­to de ley que bus­ca estable­cer un nue­vo orde­namien­to para reg­u­lar la autor­ización, fis­cal­ización y super­visión de las activi­dades de jue­gos de azar y apues­tas en el país, incluyen­do tan­to establec­imien­tos físi­cos como platafor­mas elec­tróni­cas.

La refor­ma lle­va meses desar­rol­lán­dose. Durante 2026, la Comisión de Hacien­da del Sena­do tra­ba­jó en la fusión de dos ini­cia­ti­vas pre­sen­tadas por los senadores Pedro Catrain y Félix Bautista. Ambas prop­ues­tas bus­ca­ban estable­cer reglas más claras para la autor­ización y super­visión del mer­ca­do, mejo­rar la recau­dación trib­u­taria, com­bat­ir activi­dades fraud­u­len­tas y pro­mover el juego respon­s­able.

El con­flic­to actu­al, por tan­to, no gira úni­ca­mente alrede­dor de la necesi­dad de mod­ern­izar la reg­u­lación, sino de las reglas especí­fi­cas que deter­mi­narán cómo podrán oper­ar y com­pe­tir los dis­tin­tos par­tic­i­pantes del mer­ca­do.

Los cam­bios que abrieron la dis­cusión

Después de avan­zar en el Sena­do, el proyec­to llegó a la Cámara de Diputa­dos, donde fue aproba­do de urgen­cia el 23 de julio en dos lec­turas con­sec­u­ti­vas. Los diputa­dos intro­du­jeron varias mod­i­fi­ca­ciones, por lo que la ini­cia­ti­va deberá regre­sar al Sena­do para que esa cámara conoz­ca los cam­bios.

La ver­sión aproba­da por los diputa­dos con­tiene alrede­dor de 195 artícu­los y bus­ca reg­u­lar de man­era inte­gral las activi­dades rela­cionadas con los jue­gos de azar.

Entre sus dis­posi­ciones se con­tem­pla una sus­pen­sión de nuevas licen­cias durante un peri­o­do de diez años después de la pub­li­cación del reg­istro cor­re­spon­di­ente, con excep­ciones para deter­mi­na­dos casi­nos vin­cu­la­dos a hote­les y zonas turís­ti­cas.

Tam­bién se estable­cen reglas sobre la ubi­cación de establec­imien­tos, incluyen­do restric­ciones de dis­tan­cia respec­to de escue­las, uni­ver­si­dades, hos­pi­tales, igle­sias y otras insta­la­ciones, además de dis­posi­ciones especí­fi­cas para las ban­cas deporti­vas.

Otro de los cam­bios rel­e­vantes se rela­ciona con las activi­dades que podrán ofre­cer dis­tin­tos establec­imien­tos. La Cámara mod­i­ficó el artícu­lo 86 para per­mi­tir que las ban­cas de apues­tas deporti­vas com­er­cial­i­cen jue­gos elec­tróni­cos o vir­tuales den­tro de sus locales. El tex­to tam­bién incor­po­ra dis­posi­ciones rela­cionadas con las ban­cas de lotería y la relación entre sus tit­u­lares y los con­ce­sion­ar­ios.

Son pre­cisa­mente las difer­en­cias entre las activi­dades que podrán desar­rol­lar las dis­tin­tas modal­i­dades de juego las que han ali­men­ta­do parte de las obje­ciones de orga­ni­za­ciones vin­cu­ladas a las ban­cas deporti­vas.

La Aso­ciación Domini­cana de Ban­cas Deporti­vas (ADOBAD) había expre­sa­do ante­ri­or­mente obje­ciones a dis­tin­tos aspec­tos de la refor­ma y, en julio de 2026, volvió a solic­i­tar al Sena­do una instan­cia de diál­o­go antes de la segun­da lec­tura. El gremio ase­guró haber pre­sen­ta­do obser­va­ciones téc­ni­cas que, según su ver­sión, no fueron con­sid­er­adas durante el pro­ce­so leg­isla­ti­vo.

Las difer­en­cias tam­poco se lim­i­tan al proyec­to actu­al. En sep­tiem­bre de 2024, ADOBAD pre­sen­tó ante el Tri­bunal Con­sti­tu­cional una acción direc­ta de incon­sti­tu­cional­i­dad con­tra los artícu­los 2 y 5 del Decre­to 480–19, rela­ciona­do con el Reglamen­to Hípi­co Nacional.

Este antecedente mues­tra que la delim­itación de com­pe­ten­cias y pro­duc­tos entre difer­entes modal­i­dades de juego lle­va var­ios años generan­do dis­cu­siones den­tro del mer­ca­do domini­cano.

La refor­ma rep­re­sen­ta una opor­tu­nidad impor­tante para Repúbli­ca Domini­cana. Un mar­co más actu­al­iza­do puede con­tribuir a mejo­rar el con­trol del mer­ca­do, for­t­ale­cer la recau­dación, com­bat­ir opera­ciones ile­gales y estable­cer están­dares más claros para una indus­tria que tam­bién debe adap­tarse al crec­imien­to de las apues­tas y los jue­gos dig­i­tales.

Pero el debate actu­al mues­tra que mod­ern­izar la reg­u­lación es sola­mente una parte de la ecuación.

La leg­is­lación tam­bién debe definir con pre­cisión quién puede ofre­cer cada pro­duc­to, bajo qué autor­ización y en qué condi­ciones. Cuan­do esas fron­teras no están sufi­cien­te­mente claras, una refor­ma con­ce­bi­da para ordenar el mer­ca­do puede ter­mi­nar mod­i­f­i­can­do las condi­ciones de com­pe­ten­cia entre oper­adores exis­tentes.

La expe­ri­en­cia domini­cana resul­ta rel­e­vante para otros mer­ca­dos lati­noamer­i­canos que enfrentan el desafío de actu­alizar mar­cos reg­u­la­to­rios desar­rol­la­dos antes de la expan­sión del iGam­ing. La dis­cusión ya no con­siste úni­ca­mente en incor­po­rar el juego online o for­t­ale­cer la super­visión. Tam­bién impli­ca encon­trar la for­ma de inte­grar nego­cios tradi­cionales y dig­i­tales bajo reglas capaces de ofre­cer certeza a oper­adores, inver­sion­istas y con­sum­i­dores.

Repúbli­ca Domini­cana tiene aho­ra la opor­tu­nidad de avan­zar hacia un mar­co más mod­er­no para la indus­tria. El resul­ta­do depen­derá no solo de la capaci­dad de super­visión que establez­ca la nue­va leg­is­lación, sino tam­bién de que las reglas final­mente aprobadas generen algo espe­cial­mente impor­tante para cualquier mer­ca­do que bus­ca atraer inver­sión y cre­cer de man­era sostenible: seguri­dad jurídi­ca, trans­paren­cia y condi­ciones claras de com­pe­ten­cia.

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