Gobierno Colombiano propone ampliar IVA a las apuestas online y tragamonedas


El Gob­ier­no de Colom­bia pro­pone ampli­ar la apli­cación del impuesto al val­or agre­ga­do (IVA) a las apues­tas online, los jue­gos de casi­no y las máquinas trag­a­monedas como parte de una ini­cia­ti­va leg­isla­ti­va des­ti­na­da a aumen­tar los ingre­sos públi­cos y esta­bi­lizar las finan­zas del país.

La medi­da está inclu­i­da en el proyec­to de Ley de Rescate Económi­co 2026, pre­sen­ta­do por el Min­is­te­rio de Hacien­da. El artícu­lo 41 bus­ca mod­i­ficar el artícu­lo 420 del Estatu­to Trib­u­tario para incor­po­rar al sis­tema del IVA la cir­cu­lación, ven­ta y operación de jue­gos de suerte y azar, con excep­ción de las loterías.

Según la prop­ues­ta, se apli­caría la tar­i­fa gen­er­al del 19% del IVA a estas activi­dades, y los oper­adores serían respon­s­ables de pagar el impuesto inde­pen­di­en­te­mente de si tienen sede en Colom­bia o fun­cio­nan des­de el extran­jero.

La leg­is­lación tam­bién establece que el impuesto se gener­aría cuan­do se real­ice una apues­ta o se emi­ta un doc­u­men­to, bole­to u otro instru­men­to que per­mi­ta par­tic­i­par en un juego. Asimis­mo, alcan­zaría las opera­ciones en las que el jugador ten­ga res­i­den­cia fis­cal, domi­cilio, establec­imien­to per­ma­nente o activi­dad económi­ca en Colom­bia.

Los depósi­tos de los jugadores serían la base imponible

Uno de los aspec­tos más impor­tantes de la ini­cia­ti­va está rela­ciona­do con los oper­adores de jue­gos online. En lugar de uti­lizar los ingre­sos bru­tos del juego (GGR) como base imponible, el Gob­ier­no pro­pone cal­cu­lar el IVA sobre los depósi­tos real­iza­dos por los jugadores.

El proyec­to define estos depósi­tos como pagos en efec­ti­vo, trans­fer­en­cias ban­car­ias o trans­fer­en­cias de crip­tomonedas real­izadas a un oper­ador y acred­i­tadas en la cuen­ta del usuario para obten­er el dere­cho a realizar apues­tas.

El cál­cu­lo prop­uesto con­siste en dividir el importe deposi­ta­do por 1,19 para deter­mi­nar la base imponible, en fun­ción de la tar­i­fa gen­er­al del IVA del 19%.

Esto sig­nifi­ca que el impuesto estaría vin­cu­la­do al dinero ingre­sa­do por los jugadores y no a los ingre­sos netos del oper­ador después de descon­tar los pre­mios y otros con­cep­tos.

La prop­ues­ta tam­bién establece que los oper­adores serán respon­s­ables del impuesto, inclu­idas las empre­sas que oper­an exclu­si­va­mente online des­de el extran­jero cuan­do sus clientes cum­plan con los cri­te­rios de res­i­den­cia o activi­dad económi­ca estable­ci­dos en Colom­bia.

Bases imponibles men­su­ales para trag­a­monedas y casi­nos

El proyec­to tam­bién con­tem­pla bases imponibles men­su­ales especí­fi­cas para las activi­dades de juego pres­en­cial, inclu­idas las máquinas trag­a­monedas, las mesas de casi­no y el bin­go.

Los importes prop­uestos son:

  • Máquinas trag­a­monedas: 40 Unidades de Val­or Trib­u­tario (UVT) men­su­ales.
  • Mesas de jue­gos de casi­no: 580 UVT men­su­ales.
  • Máquinas elec­tróni­cas trag­a­monedas en establec­imien­tos donde el juego no es la activi­dad prin­ci­pal: 20 UVT men­su­ales.
  • Bin­go: seis UVT men­su­ales por puesto.
  • Otras activi­dades de juego local­iza­do con­tem­pladas: 20 UVT men­su­ales.

Estos importes servirían como base para cal­cu­lar el IVA cor­re­spon­di­ente.

La ini­cia­ti­va tam­bién exi­giría a los oper­adores emi­tir fac­turas o doc­u­men­tos equiv­a­lentes por las transac­ciones de apues­tas. Inclu­so cuan­do no sea nece­sario pre­sen­tar un bole­to o doc­u­men­to físi­co para par­tic­i­par, deberá exi­s­tir un com­pro­bante de la operación.

Una refor­ma fis­cal más amplia

La medi­da for­ma parte de un esfuer­zo más amplio del Gob­ier­no para gener­ar ingre­sos adi­cionales, reducir el gas­to públi­co y for­t­ale­cer las finan­zas de Colom­bia.

Sin embar­go, las dis­posi­ciones todavía for­man parte de un proyec­to de ley y no deben inter­pre­tarse como cam­bios que ya están en vig­or. El doc­u­men­to tam­poco establece una fecha especí­fi­ca de imple­mentación para esta medi­da.

Si se aprue­ba, la ini­cia­ti­va supon­dría un cam­bio impor­tante en la trib­utación del juego online en Colom­bia, espe­cial­mente al estable­cer los depósi­tos de los jugadores como ref­er­en­cia cen­tral para cal­cu­lar el IVA.

La nue­va prop­ues­ta se suma a una serie de seis ini­cia­ti­vas impul­sadas o debati­das en Colom­bia des­de 2024 para intro­ducir o man­ten­er impuestos sobre las apues­tas online. Sin embar­go, no todas lle­garon a con­ver­tirse en medi­das efec­ti­vas.

En mar­zo de 2026, además, el Decre­to 240 estable­ció un impuesto nacional al con­sumo del 16% sobre los ingre­sos bru­tos del juego online (GGR). Este grava­men es difer­ente del IVA y tiene una base imponible dis­tin­ta, por lo que ambos deben analizarse por sep­a­ra­do.

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