El Consejo de Estado ordenó la suspensión provisional de varias disposiciones clave impuestas por Coljuegos, el regulador estatal de juegos de azar en Colombia, sobre la publicidad, el patrocinio y la promoción a los operadores de juegos en línea.
La medida cautelar, lograda tras una demanda de la firma Sora Lawyers, dejó sin efectos las restricciones al gasto en marketing y los requisitos de autorización previa del regulador para la publicidad de los operadores de iGaming.
La Corte Constitucional, máximo tribual de la justicia colombiana, había determinado que la explotación y regulación de estas actividades, incluida su promoción, es un monopolio del Estado orientado a financiar la salud pública, lo que respalda las facultades del regulador bajo principios de legalidad y control.
Sin embargo, la reciente decisión del Consejo de Estado, la máxima instancia de la jurisdicción contencioso-administrativa de Colombia, representa un freno a los límites impuestos por el Gobierno, cuestionando temporalmente el alcance sancionador y supervisor de Coljuegos sobre las estrategias publicitarias de las casas de apuestas.
Coljuegos reguló a partir de enero de 2024 la publicidad de juegos de suerte y azar operados por Internet: publicidad, patrocinio, promoción o cualquier otra forma de comunicación comercial de los juegos. Se fijó el rango y los topes máximos correspondientes para la inversión en publicidad autorizada, y se estableció la obligación de allegar anualmente un plan de inversión al regulador el cual no debería superar dichos topes de inversión.
Entre las medidas suspendidas se encuentra ese límite al gasto publicitario, que restringía la inversión en marketing de los operadores a una base del 20% vinculada a sus ingresos brutos por juego (GGR).
El tribunal concluyó que Coljuegos no contaba con un mandato legal expreso para imponer estas restricciones mediante una resolución administrativa y señaló que dicho límite constituía una restricción a la libertad económica.
No obstante, varias disposiciones siguen vigentes, entre ellas las obligaciones de identificar claramente a los operadores autorizados y las facultades de Coljuegos para actuar contra los proveedores de juego ilegal.
La decisión de la Corte Constitucional no anuló de forma definitiva las disposiciones, pero sí suspendió su aplicación mientras se resuelve el proceso de fondo. La revisión judicial de estas medidas, promovida por los particulares Juan Carlos Calvo Ospina y Juan Pablo Cardona González, continúa en curso.

Queda suspendido por ahora, por lo tanto, la obligación de reporte que exigían a los operadores presentar planes anuales de publicidad y registros trimestrales detallados de sus actividades promocionales. El tribunal consideró que estos requisitos implicaban una injerencia injustificada en información comercial sensible sin una autorización legal expresa.
También quedaron suspendidas diversas disposiciones sancionatorias que impedían otorgar contratos de concesión a empresas que utilizaran marcas no autorizadas o estuvieran vinculadas con proveedores ilegales, además de contemplar multas y la posible terminación del contrato en caso de reincidencia.
Asimismo, el tribunal suspendió parcialmente una norma que obligaba a los concesionarios a obtener autorización previa de Coljuegos antes de vender participaciones accionarias en sus empresas.
Entre las disposiciones del regulador que continúan siendo aplicables está la obligación de informar claramente cuáles son los operadores autorizados.
En su resolución, el Consejo de Estado señaló: “El límite a la inversión publicitaria constituye una restricción a la libertad económica para la cual no existe disposición legal que la autorice. Coljuegos creó un régimen sancionatorio que requiere una habilitación legal expresa. Además, exigir la entrega de facturas detalladas y contratos implica acceder a información empresarial confidencial más allá de sus facultades legales”.
La decisión limita de forma considerable la capacidad inmediata de Coljuegos para aplicar topes publicitarios y determinadas medidas sancionatorias a los operadores de juego online en Colombia.
El sector se ha convertido en una fuente cada vez más importante de ingresos públicos. Según Coljuegos, los operadores de juegos de azar han transferido más de COP4 billones (unos US$970 millones) al sistema de salud del país desde 2022.
Los operadores online, sin embargo, han enfrentado nuevas cargas tributarias, entre ellas un IVA temporal del 19% sobre los depósitos de los jugadores introducido en 2025 y, más recientemente, un gravamen del 16% sobre los depósitos en juegos de azar por internet destinado a financiar la recuperación por inundaciones y el presupuesto nacional de 2026.









